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Volver al blog 6 min · Guía orientativa

Cómo dar de alta a una cuidadora en la Seguridad Social (empleada de hogar)

Guía paso a paso para contratar y dar de alta a una cuidadora como empleada de hogar en la Seguridad Social, con las obligaciones de la familia empleadora.

1. El contrato de trabajo

La relación se regula por el Real Decreto 1620/2011 (relación laboral especial del servicio del hogar familiar). Antes del inicio conviene firmar un contrato por escrito que recoja jornada, salario, tareas, modalidad (externa o interna) y lugar de prestación.

2. Alta en la Seguridad Social

La familia actúa como empleadora y debe dar de alta a la persona trabajadora en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General, ANTES del inicio de la actividad. El trámite se realiza en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss).

3. Cotización y cuotas

La cotización se calcula según el tramo de retribución. Existen bonificaciones y reducciones según la situación; conviene revisarlas cada año. La familia ingresa las cuotas que correspondan.

4. Nómina y pagas

Debe entregarse una nómina mensual con el salario, las pagas extraordinarias y las cotizaciones. El empleado de hogar tiene derecho a vacaciones y a los descansos que marca la normativa.

5. Errores frecuentes

No dar de alta antes de empezar, no formalizar contrato por escrito, o confundir la relación laboral (empleada de hogar) con la mercantil (autónomo que factura). Cada modalidad tiene obligaciones distintas.

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