Quién debe dar el alta
Si la cuidadora trabaja como empleada de hogar, la FAMILIA es la empleadora y está obligada a darla de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar ANTES de empezar, aunque sean pocas horas semanales. El trámite se hace en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss) con los datos de ambas partes y el contrato.
Si la cuidadora es autónoma (emite factura), es ella quien gestiona su propia alta en el RETA y sus cotizaciones; la familia solo paga las facturas.
Cómo se cotiza
La cotización se calcula por tramos según la retribución mensual. La familia ingresa la cuota (con la parte de la trabajadora descontada de su nómina). Existen bonificaciones y reducciones en la cuota empresarial que conviene revisar cada año en la web de la Seguridad Social, porque cambian.
No cotizar 'para ahorrar' es una mala idea: además de sanciones e ingresos de cuotas atrasadas, deja a la trabajadora sin protección (sin baja médica, sin paro, sin jubilación) y a la familia expuesta si hay un accidente laboral en casa.
Derechos que genera cotizar
Asistencia sanitaria y baja por enfermedad o accidente, prestación por desempleo (desde la reforma de 2022), maternidad/paternidad, incapacidad y jubilación. Para la familia, cotizar es también su garantía de legalidad y la base para deducir o justificar el gasto cuando existan ayudas aplicables.
En CuidaT te orientamos en el proceso con la guía de contratación del plan Premium y la derivación a asesoría laboral colaboradora. Contenido orientativo: consulta siempre las fuentes oficiales (seg-social.es) para tu caso.
